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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXII (1843).djvu/276

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CÁMARA DE DIPUTADOS

cion durante las horas en que el sistema misto los reúne.

Mas para que el léjimen de la penitenciaría alcance a producir todos los bienes que de su adopcion se esperan, parece necesario que no se admita en su recinto a ningún reo cuya condena no llegue al término de dos años. Los que se destinasen a ella por un espacio menor de tiempo, bien escaso proveí ho sacarían de la instruccion que alií se les diese, al paso que aumentarían inútilmente los gastos de la casa i embarazarían su buena administracion, contribuyendo por lo mismo a que se desconfiase de los buenos efectos de un sistema que tanto conviene acreditar en los principios. Para esta clase de criminales podían suplir por ahora nuestros presidios urbanos, introduciéndose en ellos todas las mejoras de que son susceptibles.

No se han limitado a preparar la introduccion de este provechoso sistema en el pais, los trabajos del Ejecutivo en lo relativo a prisiones, durante el año que acaba de pasar. A favor de un reglamento que se dictó para el réjimen i arreglo económico del presidio ambulante ha disminuido considerablemente el crecido número de fugas que se efectuaban ántes con los fatales resultados que son de presumir. Se han mandado hacer en la cárcel pública de esta capital las refacciones que exijia el estado de deterioro en que se hallaba i se han proporcionado auxilios para la de algunas de las provincias que no ofrecían casi seguridades a la detencion de los teos. Con estas i otras varias providencias, tales como las de mandar formar causas a los que aparecían culpables en las evasiones de los presos, se ha conseguido que ellas sean ya mucho ménos frecuentes que en otros años, según se advierte por los estados recientemente recibidos. Pero el principal oríjen riel mal subsiste siempre i no se estinguirá del todo, miéntras los fondos de propios de los pueblos no sólo no basten a la construccion de nuevas cárceles seguras, pero ni aun a la precisa reparacion de las defectuosas que existen. Tan grande es esta penuria en algunas partes que ha sido preciso que el Erario Nacional tome sobre sí la carga de sostener sus prisiones, como sucede con las de Valdivia i Chiloé. Me veo pues obligado a recordar al Congreso la conveniencia de que se suministren a las municipalidades para atender a tales gastos, algunas otras entradas que las en estremo mezquinas con que cuentan al presente. Entretanto, se ha piocuiado acudir en lo posible a esas necesidades, consultando en el presupuesto la pequeña partida de mil pesos con cuyo socorro se espera bastará por ahora para remediar las que son de mas uijencia.

Otra de las circunstancias que favorecían en gran manera la evasion de los delincuentes i que ademas demoraba la sustanciacion de las cansas criminales i retardaba la ejecucion de las sentencias, era la escasez de recursos de las autoridades provinciales para costear la remision de los reos de un departamento a otro i su conduccion a los presidios jenerales. El Gobierno se dió prisa a proveer a un mal de tanta gravedad autorizando a los intendentes para librar contra las respectivas tesorerías hasta la cantidad de cienpesos para estos fines. I con la mira de asegurar i el mismo cumplimiento de las sentencias, se ha ordenado que los Tribunales superioies celebren i periódicamente acuerdos en que se examine si las pronunciadas por ellos, han sido o no llevadas a debido efecto.

La casa de correccion de mujeres de esta capital ha merecido también la solicitud del Ejecutivo. Una persona de luces a quien se encargó de visitarla suministro noticias interesantes sobre los vicios i defectos que se advierten en ella. Inmediatamente se espidieron providencias para la estirpacion de los mas graves i perniciosos. Pero, no obstante, ellos subsistirán todavía en gran número, mientras no se efectúe la reforma radical que el Gobierno tiene proyectada para ese establecimiento.

La estadística judicial es otro ramo cuyo progreso no ha cesado el Ejecutivo de promover con afan, i a favor de las medidas dictadas al efecto se han obtenido considerables mejoras en los últimos datos recibidos i en la exactitud de su remision. Pero ellos no pueden aun conducimos a apreciaciones exactas ni podrá teneise confianza en los cálculos que se formen miéntras no esté levantada la estadística jeneral de la República.

Sólo procediendo sobre esta base, llegará a conocerse a punto fijo la proporcion en que se encuentran los crímenes que se cometen en cada departamento, con su poblacion; la influencia que la ilustracion i ciertas profesiones u oficios tienen sobre la moralidad del pueblo i ademas importantes resultados de que conviene estar instruido para lejislar con acierto. La reciente creacion de una oficina especial de este ramo, nos hace esperar que no careceremos mucho tiempo de este fundamento indispensable i para entónces servirán los estados que ahora se reúnen. El Gobierno, sin embargo, ha creido dar un paso de no poca utilidad a este respecto, disponiendo que en todos los juzgados de la República se lleve un libio en que se copien, autorizadas por escribano público, todas las sentencias que se dictaren sobre causas criminales, anotando la edad, oficio i grado de instrucción del reo, como también las mas notables circunstancias del delito. Otro libro semejante se ha ordenado tener para copiar las sentencias sobre causas civiles, adviniéndose la materia sobre que ruedan i el tiempo, que han durado. Creo que este es el arbitrio mas seguro para obtener al fin de cada año dates ménos incieitos sobre los puntos referidos.

Culto

Pasando a tratar de lo relativo a este ramo, lo que llama primero nuestra atencion es la pér